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Mejoramiento de Vivienda: Proceso por el cual el beneficiario del subsidio supera una o varias de las carencias básicas de la vivienda perteneciente a un desarrollo legal o legalizado, o a una edificación, siempre y cuando su título de propiedad se encuentre inscrito en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos a nombre de uno cualquiera de los miembros del hogar postulante, quienes deben habitar en la vivienda.
La vivienda a mejorar debe presentar al menos una de las siguientes situaciones:
• Deficiencias en la estructura principal, cimientos, muros o cubierta.
• Carencia o vetustez de redes secundarias y acometidas domiciliarias de acueducto y alcantarillado.
• Carencia o vetustez de baños y/o cocina.
• Existencia de pisos en tierra o en materiales inapropiados.
• Construcción en materiales provisionales tales como latas, tela asfáltica y madera de desecho.
• Existencia de hacinamiento crítico, cuando el hogar habita en una vivienda con más de tres personas por cuarto, incluyendo sala, comedor y dormitorios.
• En aquellos casos en que la totalidad de la vivienda se encuentre construida en materiales provisionales, se considerará objeto de un programa de construcción en sitio propio.