1.1 Gestión de Asambleas de Cajas de Compensación Familiar
GESTIÓN DE ASAMBLEAS DE CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR
La asamblea general de las Cajas de Compensación Familiar está conformada por la reunión de los afiliados hábiles o de sus representantes debidamente acreditados. Es la máxima autoridad de la corporación, sus decisiones son obligatorias y cumple las funciones que les señalan la ley y los estatutos.
De acuerdo con el Decreto 2595 de 2012, es función de la Superintendencia del Subsidio Familiar aprobar los actos de elección y de decisión de las asambleas de afiliados y organismos directivos de las entidades sometidas a su inspección, vigilancia y control. En ese sentido, este trámite corresponde al control de legalidad que ejerce la Superintendencia sobre las actuaciones y decisiones adoptadas por las Asambleas Generales de las Cajas de Compensación Familiar.
Etapas generales del trámite
Para el ejercicio del control de legalidad de las actuaciones relacionadas con las Asambleas Generales de las Cajas de Compensación Familiar, el trámite comprende, de manera general, las siguientes etapas:
- Convocatoria de la Asamblea General por parte de la Caja de Compensación Familiar.
- Celebración de la Asamblea General.
- Radicación ante la Superintendencia del Subsidio Familiar de la documentación correspondiente.
- Revisión del cumplimiento de los requisitos establecidos en la normatividad aplicable.
- Análisis técnico y jurídico de las actuaciones sometidas a control.
- Expedición del acto administrativo mediante el cual se aprueban, imprueban o se adopta la decisión que corresponda.
Requisitos o documentos
La solicitud debe estar acompañada de la documentación que soporte la convocatoria, celebración y decisiones adoptadas por la Asamblea General, conforme a la normatividad aplicable y al procedimiento institucional definido por la Superintendencia del Subsidio Familiar.
Para el detalle de los documentos y requisitos específicos, la Caja de Compensación Familiar deberá consultar el procedimiento institucional vigente o las orientaciones emitidas por la Superintendencia.
Resultado del trámite
Como resultado del trámite, la Superintendencia del Subsidio Familiar expide el acto administrativo correspondiente, mediante el cual aprueba, imprueba o adopta la decisión que corresponda frente a las actuaciones sometidas a control.
Forma de presentación
Presencial: Punto de Radicación Centro de Documentación e Información (CDI). Carrera 69 No. 25B-44 Piso 4.
Web (virtual): Sede Electrónica de la Superintendencia del Subsidio Familiar. Ingresar al trámite en la Sede Electrónica SSF
Plazo de presentación
Puede solicitarlo en cualquier momento del año.
Tiempo estimado de respuesta
El trámite tiene un tiempo estimado de respuesta de tres (3) meses, conforme al procedimiento interno, contados a partir del cumplimiento de los requisitos establecidos y de la radicación completa de la documentación.
¿Quiénes pueden solicitarlo?
Cajas de Compensación Familiar.
¿Tiene costo?
NO.
Contacto para dudas o inconvenientes con el trámite
Teléfono: +57 (601) 3487800 Ext. 7765 - 7892
Horario de atención: De lunes a viernes de 8:00 a.m. a 3:00 p.m.
Normatividad aplicable
Este trámite se desarrolla, entre otras, con fundamento en las siguientes disposiciones:
- Constitución Política de Colombia.
- Ley 25 de 1981.
- Ley 21 de 1982.
- Ley 789 de 2002.
- Ley 1437 de 2011.
- Decreto 2463 de 1981.
- Decreto 2595 de 2012.
- Decreto Único Reglamentario 1072 de 2015.
- Circular Única de la Superintendencia del Subsidio Familiar y demás normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan.